Actividad escolar y docente durante el acto eleccionario
3/08/2010
El Ministerio de Educación dejó establecido, a través del Decreto Nº 2842-ME-2009, Art. 4º, inc. 12, la actividad de los docentes y el funcionamiento de los establecimientos escolares durante y después del acto eleccionario.
El Decreto mencionado, establece que el mismo día del acto, se suspenden las actividades para los docentes. En tanto que para los establecimientos educativos, el funcionamiento del día siguiente, deberá ser normal. Sólo se destaca que una vez finalizado el acto, "se ordenará el/las aula/s que fueron utilizada/s como cuarto/s oscuro/s".
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